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Retención del Impuesto a la Renta a un Consorcio formado por un domiciliado y no domiciliado

  • Pamela Torres
  • 30 jun 2019
  • 1 Min. de lectura

MATERIA:

Se plantea el supuesto de una persona jurídica domiciliada en el país que contrata los servicios de un consorcio que no lleva contabilidad independiente, conformado por una persona jurídica domiciliada y una persona natural no domiciliada.

Al respecto, se consulta cuál es la tasa de retención del impuesto a la renta aplicable a la mencionada persona natural.


CONCLUSIÓN:

En el supuesto de una persona jurídica domiciliada en el país que contrata los servicios de un consorcio que no lleva contabilidad independiente, conformado por una persona jurídica domiciliada y una persona natural no domiciliada, deberá efectuar la retención y el pago, con carácter definitivo, del 30% de la totalidad de los importes pagados o acreditados por concepto del impuesto a la renta que le corresponde pagar a aquella persona natural.


Dejo el Informe Completo :




 
 
 

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