Normas del día 12 .12.19.
- Pamela Torres
- 12 dic 2019
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Prorrogan vigencia de incentivos tributarios que facilitan la reinserción económica y social del migrante retornado (12.12.19) Mediante Decreto de Urgencia N° 23-2019 se prorroga hasta el 16 de diciembre de 2022 la vigencia de los incentivos tributarios establecidos mediante Ley N° 30001, Ley de Reinserción Económica y Social para el Migrante Retornado, ley que pretende facilitar el retorno de los peruanos que residen en el extranjero para su reinserción económica y social en el país. Esta norma establece que aquellos que se acojan a los beneficios cumpliendo determinados requisitos estarán liberados por única vez del pago de todo tributo que grave el internamiento en el país de menaje de casa, un vehículo automotor, e instrumentos, maquinarias, equipos, bienes de capital y demás bienes que usen en el desempeño de su trabajo, profesión, oficio o actividad empresarial. El Decreto de Urgencia entra en vigencia a partir del 16 de diciembre de 2019. Prorrogan vigencia de la devolución de impuestos pagados por adquisiciones con donaciones del exterior e importaciones de misiones diplomáticas (12.12.19) Por Decreto de Urgencia N° 24-2019 se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2020 la vigencia del Dec. Leg. N° 783, que aprueba la norma sobre devolución del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto de Promoción Municipal pagado por las adquisiciones con donaciones del exterior e importaciones de misiones diplomáticas. El Decreto de Urgencia entra en vigencia a partir del 1 de enero de 2020. Prorrogan vigencia de las exoneraciones del IGV para la emisión de dinero electrónico y las operaciones detallados en el apéndice I y II de la Ley del IGV (12.12.19) Mediante Decreto de Urgencia N° 24-2019 se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2020 la vigencia de la exoneración del IGV por la emisión de dinero electrónico efectuada por las Empresas Emisoras de Dinero Electrónico, establecida por la Ley N° 29985, Ley que regula las características básicas del dinero electrónico como instrumento de inclusión financiera. Asimismo, se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2020 las exoneraciones contenidas en los Apéndices I y II de la Ley del IGV. El Decreto de Urgencia entra en vigencia a partir del 1 de enero de 2020. Prorrogan vigencia de la exoneración del Impuesto a la Renta para fundaciones y asociaciones sin fines de lucro (12.12.19) Por Decreto de Urgencia N° 25-2019 se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2020 la exoneración del Impuesto a la Renta (IR) a las rentas producidas por fundaciones y asociaciones sin fines de lucro, regulada en el inciso b) del artículo 19° de la Ley del IR (LIR). Esta disposición entra en vigencia el 1 de enero de 2020. Modifican la Ley del Impuesto a la Renta para designar agentes de retención en el sector bursátil (12.12.19) Mediante Decreto de Urgencia N° 25-2019 se modifica la LIR para designar como agentes de retención del IR a los distribuidores que se encargan de colocar las cuotas de participación de los fondos mutuos inversión de valores. Estas disposiciones entran en vigencia a partir de mañana, 13 de diciembre de 2019. Modifican Ley que establece el derecho de las personas naturales a la devolución automática de los impuestos pagados y retenidos en exceso (12.12.19) Por Decreto de Urgencia N° 25-2019 se modifica la Ley N° 30734, Ley que establece el derecho de las personas naturales a la devolución automática de los impuestos pagados y retenidos en exceso, en lo referido a las formas de devolución de oficio de los pagos en exceso del IR. Estas disposiciones entran en vigencia el 1 de enero de 2020. Modifican disposiciones sobre la identificación de beneficiarios finales (12.12.19) Mediante Decreto de Urgencia N° 25-2019 se modifica el Dec. Leg. N° 1372, Decreto Legislativo que regula la obligación de las personas jurídicas y/o entes jurídicos de informar la identificación de los beneficiarios finales, en lo referido a los criterios para identificar a los beneficiarios finales de los entes jurídicos. Además, se regula supuestos de excepción a la presentación de la declaración de beneficiario final. Estas disposiciones entran en vigencia a partir de mañana, 13 de diciembre de 2019. Fuente: AELE
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