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No existirá obligación de conservar originales de documentación que hayan migrado en archivo digital

  • Pamela Torres
  • 4 jul 2019
  • 1 Min. de lectura

INFORME N.º 023 -2019-SUNAT/7T0000

Con relación a la conservación física de los documentos originales vinculados a asuntos tributarios, se consulta si en el caso que dichos documentos hayan sido migrados a archivos digitales (microformas), el deudor tributario estará en la obligación de conservar tales originales a pesar que el tributo haya prescrito.


CONCLUSIÓN:

No existirá la obligación de conservar los originales de la documentación que haya sido migrada a archivos digitales (microformas), cuando esta se encuentre relacionada con tributos respecto de los cuales hubiere transcurrido el plazo de prescripción o más de cinco (5) años desde que se contó con dicha información, el que resulte mayor.


 
 
 

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